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el ministerio del trabajo establece acciones mínimas de gestión del riesgo psicosocial, prevención de la salud mental y prevención de problemas y trastornos mentales en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19

Se suspenden temporalmente los términos establecidos por el artículo 3 de la Resolución 2404 de 2019 en cuanto a la periodicidad de la evaluación psicosocial: Hasta que no se disponga del software para la aplicación virtual de la batería de riesgo psicosocial, publicado por el Ministerio del Trabajo o hasta que cese la declaratoria de emergencia sanitaria por COVID-19, quedan suspendidos los términos para la evaluación psicosocial presencial establecidos por el artículo 3 de la Resolución 2404. Esto en concordancia con lo establecido por la Resolución 666 de 2020 por la que se promueve la reducción de contactos personales en las empresas y el uso preferencial de herramientas tecnológicas.

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